Tiempos afortunados, y afortunados países aquellos en que las obras de un autor podían representarse en condiciones normales, en escenarios regulares, sin que el veto de la censura relegara por anticipado al margen de la familia dramática, comenta Henry Renato Lenormand, en su libro que vengo glosando. "Tal fue mi caso en Inglaterra, en donde, salvo el crepúsculo del teatro, mis obras hubieron de sufrir, una tras otra, pena de muerte ministerial. Fue una hecatombe en verdad notoria, en la que entraron sucesivamente El simún, Los fracasados, El devorador de sueños y El hombre y sus fantasmas. El derecho de veto, en Inglaterra, ofrece esta particularidad de ser uno de los últimos privilegios de la Corona".
"Ninguna decisión del Lord Chamberlain (ministro de la Censura) puede ser discutida en la Camára de los Comunes sin exponer al interpelante a ser perseguido por delito de 'lesa majestad'. Entre los puritanos y el teatro sigue el estado de guerra al igual que en el siglo XVII. Ya en 1641 los puritanos triunfantes lograron del Parlamento una ordenanza por la cual habían de suprimir de una vez la forma dramática. En 1648 el furor protestante hizo promulgar un 'Act' ordenando el derribo de todos los teatros, que los súbditos culpables del delito de ser actores sufrieran publicamente pena de azotes, y los espectadores pena de multa. Hoy en día no pueden ya darse tamaños desafueros. Ahora bien, la ofensiva puritana sigue gozando de fuerza bastante como para paralizar la expresión dramática. En 1927, hallándome yo en Londres, luchando contra las prohibiciones que llovían sobre las obras francesas (en plena Entente cordiale) acababan de votar una ley referente al encarcelamiento de los blasfemos en la India: ¡por una blasfemia, dos años de cárcel! Huelga decir que la ley ponía en manos del partido que |
había logrado se votara! ¡De haberse aplicado estrictamente las directivas del censor (por entonces, el Earl of Cromer), casi ninguna obra clásica podía haberse mantenido en el repertorio! El Earl of Cromer pasaba por hombre de buen gusto, y a la vez que se sujetaba a las obligaciones de su cargo, sabía apreciar cual buen catador las obras que había de asfixiar".
Y es aquí donde aparece por fortuna para al producción inglesa, esa "hipocresía" de la que tanto se prevalecen los enemigos de Inglaterra cuando se trata de la actitud social o política de esta gran nación. En efecto -continúa Lenormad- tratábase de representar Timón de Atenas, o Medida por medida, de Shakespeare, con sus escenas de prostitución; de reestrenar Los Censi, de Shelley, tragedía del incesto filial, o proyectaba algún director culto volver a representar Annabella, de Ford, La Venecia a salvo, de Otaway, o cualquier otro de los tesoros nacionales en que el sadismo, los vicios y las anomalías sexuales se ven pintados con colores de inimaginable crudeza: entonces la censura ya no intervenía, pues una ficción en verdad providencial eximía estas obras de la necesidad del visado; se las consideraba como "autorizadas cuando su estreno".
Al montón de obscenidades que los gobiernos ingleses más timoratos le tienen que conceder al vulgo, el Music Hall le brinda en cambio amplísimo asilo, pues allí el único control para la pornografía sigue siendo el gusto del público. La ley de censura comprende una cláusula, cláusula providencial, que decreta que, por no existir el Music Hall en la época en que fue instaurada la censura, no existe motivo para someterlo al imperativo del visado. Los dramaturgos serios de Inglaterra comprendieron |
que nada subversivo podía aparecer en un escenario frívolo: dejaron el campo libre a los que sólo se proponían entretener y divertir, para quienes el hecho de mostrar en las tablas a dos mujeres de la society en estado de embriaguez constituía la cuspide revolucionaria. Como es natural la censura inglesa se encarnizaba con los autores extranjeros. Fueron muchos los años de lucha para imponer en los escenarios de Londres a Strindberg.
Los autores ingleses avanzados encontraron algún medio para sortear la censura oficial. Este fue los teatro clubs. Lenormand los describe así: "Los círculos privados, alimentados gracias a las suscripciones de sus socios, y que daban, una o dos noches, las obras prohibidas en los escenarios regulares. Así me fue dado ver la deliciosa Maya, de Gantillon, en una salita acurrucada debajo del arco inmenso del puente de Charing Cross, al final de una de las callejas que desembocan del Strand en el Támesis. Era el Gate Theatre, un local triste que se estremecía al paso de los trenes. A la vuelta de unos años experimenté allí, con El devorador de sueños, la dulzura de esa relegación subferrocarrilera. En el centro del barrio de los teatros, entre Shaftesbury Avenue y Saint Martin`s, adonde cada noceh acudía una muchedumbre a atestar veinte salas engalanadas con flores, había una casita con unas salas bajas de techo, un escenario equipado con cortinones, una salita íntima: el Theatre Arts Club, donde los cotizantes del círculo venían a aplaudir la "escandalosa" obra de Bourdet La prisionera. Otra círculo, el de los Venturers, que no tenía local, propio, habia montado, para una sola noche, Los fracasados en el Prince`s Theatre.
Resumiendo, en términos de proverbio mexicano: en todas partes se cuecen habas. ¡Y en algunos países mucho más que en México! |